Condena a un médico al considerar neglicencia médica el no seguir la frecuencia y plazo de las dosis de fármacos

El facultativo realizó un diagnóstico y prescripción de tratamiento correctos, pero no siguió las recomendaciones de espera entre dosis, provocando daños en el sistema endocrino de la paciente.

La Audiencia Provincial de Barcelona ha dictado una sentencia que supone un toque de atención a los facultativos pues considera como neglicencia médica el no seguir la frecuencia y plazo de las dosis de medicamentos, aunque el diagnóstico y el tratamiento elegido sean correctos.

El médico condenado diagnosticó a la paciente demandante una bursitis pertrocantérea, una inflamación aguda de la bolsa de líquido debajo de los tendones, por lo que recetó infiltraciones con corticoides. Pero el facultativo no siguió el tiempo recomendado entre las dosis, de tres o cuatro semanas como mínimo, ni tuvo en cuenta que la paciente tomaba paralelamente anticonceptivos, que pueden potenciar el efecto de los corticoides. Todo ello provocó daños en el sistema endocrino de la paciente.

El dictamen médico emitido por la Cátedra de Medicina Legal de la Universidad Autónoma de Barcelona afirmó que la actuación del médico fue correcta en el diagnóstico, al cual llegó mediante una exploración y manipulación de la extremidad, como también fue correcta la elección del fármaco.

Pero el juez ha considerado que el médico condenado no siguió las recomendaciones del tiempo de espera entre tomas, tal y como ha deducido el Instituto Nacional de Toxicología, provocando las complicaciones. Además, el facultativo no consideró que la paciente tomaba anticonceptivos, los cuáles no están contraindicados con el uso de corticoides, pero sí es una circunstancia que debe ser tenida en cuenta, pues potencian el efecto de éstos.

Todo ello, según la sentencia, hace que el médico condenado debiera haber actuado con más precaución, poniendo especial atención en el tiempo entre cada dosis de fármaco, cosa que el juez considera que el facultativo no hizo.

La indemnización solicitada por la acusación es de 33.806.000 pesetas por daños y perjuicios a favor de la paciente, aunque su cuantía final se ha aplazado hasta la fase ejecución del fallo.