16Ene. 08
La Sociedad Española de Neurología (SEN) y la Sociedad Española de Medicina Nuclear (SEMN) han firmado un acuerdo con objeto de propiciar la mejor formación de los profesionales sanitarios y de facilitar la garantía social de su formación.
El convenio de colaboración se centrará en el campo formativo e investigador, en los procesos de garantía de calidad profesional, así como en otras áreas que puedan ser de común interés.
En base a este convenio, ambas entidades colaborarán en todas aquellas actividades que promuevan un mejor conocimiento de los temas relacionados con la neurología y una mejor formación de los profesionales del campo de la Medicina Nuclear en esta área, para favorecer una mayor garantía de la calidad de su competencia profesional.
Según el Dr. Matías-Guiu, Presidente de la Sociedad Española de Neurología «este acuerdo, además de mejorar el entendimiento entre ambos colectivos y fomentar la colaboración entre ellos, tendrá un claro beneficiado: el paciente. Porque el enriquecimiento tanto de neurólogos como de médicos nucleares y los esfuerzos que los dos colectivos puedan encabezar en materia de investigación tienen un objetivo claro: diagnosticar, curar y prevenir las dolencias que padecen».
Por su parte, el Dr. Carreras, presidente de la Sociedad Española de Medicina Nuclear, ha señalado que «este acuerdo contribuirá a potenciar entre los miembros de ambas sociedades el conocimiento y la investigación especialmente en el uso de las neuroimágenes funcionales propias de la Medicina Nuclear como son la SPECT y la PET, siempre en beneficio del paciente. Estas técnicas de neuroimagen están demostrando una gran utilidad clínica y un enorme potencial en investigación, en patologías neurológicas de gran prevalencia como las demencias o los trastornos del movimiento».
Comisión de trabajo
Para la ejecución y seguimiento del presente convenio se constituirá una Comisión, que estará integrada por 2 representantes de cada sociedad designados por sus respectivas juntas directivas y presidida de forma alternante por el Presidente de la SEMN y de la SEN o personas a quien deleguen. Dicha Comisión se reunirá a petición de cada parte, al menos 1 vez al año, y elevará informes y propuestas de acuerdos específicos a las juntas directivas respectivas de ambas entidades.
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